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Tema 5.- VALORACIÓN DEL ESTADO DE SENDEROS Y ZONAS RECREATIVAS PARA EL USO REAL Y POTENCIAL

1. Valoración de los senderos

Los senderos constituyen uno de los principales equipamientos de uso público de los espacios naturales porque ofrecen el acceso directo a los diferentes elementos de atracción situados en el espacio natural y protegen el entorno de los impactos recreativos ya que permiten controlar los flujos de visitantes.  El número de zonas recreativas en el medio natural y las personas que acuden a estos espacios no han dejado de crecer en los últimos años, esto provoca una degradación directa en los senderos y es necesario realizar tareas de valoración y conservación cada cierto tiempo.

Como ya vimos en el Tema 1 sobre señalización, los senderos homologados vienen promovidos por la FEDME. Sin embargo, son las federaciones autonómicas las que tienen las principales competencias sobre los senderos: planificación, coordinación, ejecución, mantenimiento, información, divulgación, promoción y fomento de GR, PR, SL y E, que se desarrollen en su territorio. 

Algunas autonomías tienen su propia regulación sobre ordenación, normalización y conservación de los senderos, algunos ejemplos son:

·         Decreto 79/1996, de 16 de abril, sobre ordenación y normalización del senderismo en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

·         Decreto 59/1998, de 9 de octubre, de Ordenación del Senderismo en el Principado de Asturias. Decreto 64/1998, de 20 de noviembre, por el que se regulariza la Realización de Senderos y su Uso público en el Medio Natural de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En Galicia, al no haber una normativa autonómica, es la Federación Galega de Montañismo (FGM) la que establece una normativa al respecto. En ella indica que el mantenimiento de los senderos le corresponderá a la entidad promotora de los mismos (mancomunidades de ayuntamientos o comarcas, ayuntamientos, asociaciones, clubs, empresas, etc.)

Es precisamente la FGM la que establece también los criterios de aceptación para los proyectos de diseño de nuevos senderos en Galicia:

·         El promotor del sendero será una entidad jurídica (mancomunidades, ayuntamientos, asociaciones, empresas, etc.)

·         El sendero se justificará por su interés geográfico, histórico, artístico, etc.

·         Los objetivos por conseguir con su implantación deben ser para el desarrollo económico, cultural o turístico de la zona.

·         El promotor, a través de un técnico de senderos de Galicia titulado por la FEDME, solicitará por escrito el inicio de la tramitación para la homologación del sendero en la FGM.

·         El proyecto debe ser supervisado y firmado por un técnico de senderos.

·         El trazado del recorrido tratará de discurrir por antiguas vías de comunicación, aunque estén en desuso o cerradas.

·         La longitud mínima es de 4km. de recorrido.

·         Se evitará en lo posible los tramos de asfalto, zonas peligrosas o con riesgos.

·         No podrá discurrir de forma paralela a una carretera en la que no hay aceras o la velocidad permitida es superior a 50km/h.

·         Se evitará pasar por zonas denominadas frágiles, es decir, zonas en las que hay riesgo de afectación o desaparición de especies animales y/o vegetales.

·         El trazado deberá estar adaptado a la mayor parte de la población por lo que no tendrá grandes desniveles, pasos difíciles o grandes distancias entre puntos habitados.

 

A continuación, se muestra un ejemplo de la Comunidad Foral de Navarra sobre algunos de los criterios para valorar el estado de un sendero:

·         Itinerario que descubre lugares de gran belleza

·         Acceso al sendero

·         Aparcamiento lugar inicio

·         Zona de recreo en el inicio

·         Servicios higiénicos públicos

·         Panel informativo en el inicio

·         Señalización sendero

·         Información adicional a lo largo del recorrido del sendero

·         Estado del firme

·         Oferta de actividades: visitas guiadas, talleres…

·         Equipamientos: puntos de información turística, centros de visitantes o similares

·         Conectividad con otros senderos señalizados