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Nueva ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación

1. LEGISLACIÓN EN MATERIA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y OPORTUNIDADES.

La primera norma que trata el tema de la igualdad es la Constitución Española en su TÍTULO PRELIMINAR dice:

           

“Artículo 9.

1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. “

 

Y más adelante en el TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales.

            CAPíTULO SEGUNDO. Derechos y libertades

Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”

Normativa básica

En estos enlaces puedes descargarte la legislación vigente a nivel estatal y europeo en esta materia.

·         Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 

·         Constitución Española   (Artículos 9 y 14) (11 Kb)

·         Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre   , de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. (BOE de 29/12/2004)

·         Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo   , para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. (BOE de 23/03/2007)

·         Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo   , de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo

Y también a nivel autonómico en cada comunidad autónoma, en el caso de Galicia

Ley 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-10021


Dispones en el material complementario de esta formación con un archivo que recoge la legislación llamado Bibliografía además de los enlaces que también se han puesto en este documento